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MORENA EN SALAMANCA: LA LÍNEA ENTRE PROMOCIÓN Y CAMPAÑA ANTICIPADA.

Foto del escritor: Santiago Gámez
Santiago Gámez
hace 1 día
2 min de lectura

Mientras varios perfiles de Morena buscan posicionarse en Salamanca rumbo a la definición de su coordinación municipal, la aparición de bardas, lonas y videos promocionales pone sobre la mesa una pregunta: ¿dónde termina la promoción personal y dónde comienza una posible infracción electoral?



Hace poco más de 13 semanas comenzaron a aparecer en Salamanca bardas con mensajes que evocaban el apellido Meneses. En una primera entrevista, antes de formalizar su participación interna, el regidor Alejandro Meneses reconoció que había recibido comentarios y ofrecimientos relacionados con esas pintas, aunque manifestó no tener certeza de si estaban dirigidas a él. En ese momento, dejó abierta la posibilidad de una aspiración política, pero sostuvo que todavía no eran los tiempos dentro de su partido.


La situación cambió después de que Meneses anunció públicamente su participación en la convocatoria interna de Morena y recibiera el respaldo de fundadores del partido en Salamanca. Al ser cuestionado nuevamente por las bardas, el edil reconoció que la ciudadanía ya lo relacionaba con el mensaje, elogió la creatividad del eslogan y aclaró que no podía afirmar que las pintas fueran suyas. 


La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato considera actos anticipados de campaña aquellos mensajes fuera del periodo permitido que llaman expresamente a votar por alguien o un partido, o que buscan ese mismo apoyo mediante mensajes equivalentes. Esto significa que tener el nombre en una barda no constituye automáticamente una infracción: la autoridad debe revisar qué comunica, en qué contexto aparece y qué finalidad tiene.


¿Y qué puede pasar si se demuestra una infracción? La legislación contempla desde una amonestación pública hasta multas de hasta mil UMA para aspirantes, precandidatos o candidatos. En ciertos casos también puede determinarse la pérdida del derecho a registrarse como candidato o la cancelación de un registro. La sanción depende de la conducta acreditada y de la resolución de la autoridad electoral; no basta con que exista publicidad para dar por hecho que alguien violó la ley.


Meneses no es el único perfil de Morena que aparece en la conversación pública sobre promoción política en Salamanca. Hades Aguilar y Tuli Escobar también han tenido presencia mediante bardas, lonas y videos; la exalcaldesa Beatriz Hernández volvió a colocarse en el escenario político local, mientras que el exalcalde Justino Arriaga difunde contenido en redes con el mensaje “En la encuesta, Justino es la respuesta”. Los perfiles y sus estrategias son distintos, pero el despliegue de mensajes plantea preguntas sobre quién los financia, qué buscan comunicar y si cumplen con las reglas electorales.


En un escenario donde varias figuras del mismo partido buscan posicionarse ante la ciudadanía, la discusión no debería quedarse en la creatividad de los eslóganes ni en las explicaciones de cada aspirante. También corresponde preguntar si existe transparencia sobre el origen y costo de la publicidad y si las autoridades electorales han revisado las conductas que pudieran ser denunciadas. Hasta que exista una determinación oficial, no es correcto presentar a ninguno como responsable de actos anticipados; pero tampoco debería descartarse el debate sobre los límites entre una estrategia de posicionamiento y una campaña adelantada.



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